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Por Rogelio M. Díaz Moreno
Después de una de las trayectorias más irregulares que conozco para una ley de este gobierno ¬–con votación no unánime en el Parlamento incluida– entró en vigor el nuevo Código de Trabajo en nuestro país. Desde la publicación del Anteproyecto, como recordará el seguidor de nuestro Observatorio Crítico, le abrimos uno de esos fuegos que molestan a los opinadores más moderados, por los innumerables males que apreciamos en su versión original. Los males que, en nuestra opinión, contenía el Anteproyecto, amenazaban con normalizar las situaciones de explotación capitalista, discriminación y despojo de derechos de las personas trabajadoras, problemas crecientes en nuestro país a pesar de las declaraciones del gobierno sobre el supuesto perfeccionamiento de un proyecto socialista.
Ahora que fue publicada la versión definitiva en la Gaceta Oficial de la República y, con ello, adquirió carácter legal definitivo, se torna inevitable regresar sobre el tema para exponer las consideraciones que despierta. Al leer la Ley tal como quedó proclamada, ratifiqué mi convicción sobre su carácter mentiroso, inconstitucional y discriminador.
Mentiroso, porque proclama acatar principios de legalidad e ideológicos que traiciona en su contenido. La Constitución de este país, agónico papelito del que pocos se acuerdan y nadie acata, prohibe explícitamente la explotación del hombre por el hombre. Este fenómeno se encuentra en el epicentro del juicio marxista sobre el carácter del trabajo, y se presume que en el socialismo desaparece, pues las personas se asocian libremente para desarrollar las fuerzas productivas en armonía e igualdad. Sin embargo, el Código acepta desfachatadamente la actividad de empresarios privados con tantos proletarios como sean capaces de absorber a partir del capital que dispongan. Toquen las campanas, pues, por la Constitución; por el carácter liberador del trabajo y por cualquier resto de asidero que guarde el pensamiento marxista en la política nacional.
Inconstitucional, como acabamos de ver, puesto que colisiona de frente con la Carta Magna, y de hecho la arroja por la borda.
Discriminador, en varios sentidos, y peor que en varios países del Occidente capitalista. Después de todo, con suficiente desarrollo socio económico, las sociedades pueden guardar las apariencias de muchas maneras, y permitir mejores mecanismos de protección para la clase trabajadora. En cambio, nuestro Código “socialista”, permite que el empresario privado despida a su empleado por simple capricho. Es cierto que proscribe formalmente las discriminaciones por un amplio rango de razones, pero no llega a establecer maneras de volver efectiva esta prohibición, al menos en la esfera privada donde predominará el uso y el abuso del inciso de “fin de la relación laboral” por la simple razón de “iniciativa de una de las partes”. Por esta razón, y otras relacionadas con la maternidad, las mujeres sufrirán inevitablemente de condiciones laborales peores en la esfera cuyo crecimiento más estimula actualmente el gobierno.
Por cierto, que en esto de las discriminaciones quedan algunos huecos para nada banales. Ya el bloguero Francisco Rodríguez (Paquito el de Cuba) puso el grito en el cielo, y dijo cosas muy feas de los que cocinaron el pastel. Parece que los legisladores creyeron que con mencionar la protección para las distintas orientaciones sexuales estaba todo resuelto, pero Paquito apunta que el término “Identidad de Género” quedó ausente, lo que deja desprotegidos a un número de personas. Como en todo caso que implique derechos humanos, no importa si son muchos o pocos: los derechos de estas personas quedaron vulnerables y a todas las demás personas conscientes le corresponde manifestarse en solidaridad.
Una vez más, no pretendo negar la posible necesidad de la economía privada. Pero este documento hubiera sido mucho más consecuente con los principios socialistas que supuestamente sostenemos en Cuba, si toma una posición crítica respecto a su función, si se condicionan sus derechos al cumplimiento de funciones sociales explícitas, entre las que no pueden dejar de figurar derechos de las personas trabajadoras un poco más sólidos que siete miserables días de vacaciones al año. Lo legislado es del máximo gusto para una burguesía criolla, en pleno auge.
Se puede sacar mucho más jugo del análisis de este documento. A mí me preocupaba también, por ejemplo, la situación de riesgo de los trabajadores del sector estatal de quedar declarados “no idóneos” y, por lo tanto, despedibles, sin muchas garantías. El Código y su Reglamento complementario establecen los mecanismos para este proceso y, según lo que entendí, dependerá sobre todo de la ética de las personas involucradas. Por supuesto, que el sector estatal no avanza hacia un carácter más socialista con las escuálidas cláusulas que mencionan cierto carácter participativo, bien magro, de los trabajadores en su administración. Los días festivos y feriados considerados, discriminan a los practicantes de religiones distintas de la cristiana (otra violación de la Constitución, por cierto). La capacidad de agruparse libre y espontáneamente en organizaciones de tipo sindical, para los trabajadores, viene lastrada por la obligatoriedad de seguir unos determinados principios “unitarios” que, por supuesto, servirán para reprimir a todo el que pretenda hacer algo fuera de la única central sindical existente que es reconocida por el gobierno y se le subordina vergonzosamente. Por último, y préstese la mayor atención, se manifiesta una ignorancia escandalosa respecto a las esfera de los trabajos no remunerados, como el doméstico y el voluntariado, así como a las especiales características del trabajo de los asociados en las cooperativas, de los que apenas se hace mención. De los asalariados que contrata una cooperativa se habla más que de los propios socios de la cooperativa, nótese. Y varias observaciones más que el lector podrá hacer por sí mismo, y que ya nos darán mucho que hacer y de qué hablar.
El proceso de aprobación de la ley da pie para otro artículo, más largo todavía. Baste reiterar lo mismo que criticó Paquito al respecto, lo del carácter secreto de las deliberaciones finales, el escamoteo de un asunto público de tanta trascendencia entre las manos de unos funcionarios electos de manera arbitraria y violadores de los principios democráticos de transparencia, devoción al servicio del pueblo soberano y de respeto de los derechos de todas las personas, para no hablar de su afición con las doctrinas capitalistas en boga.
Esta reforma, finalmente, viene a unirse a las que tanto han elogiado los amiguitos que se ha buscado recientemente el gobierno cubano, entre los países y empresarios capitalistas del resto del mundo.
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Valiente y consecuente trabajo, lo comparto con nuestros amigos de facebook
Coincido en todo con Rogelio. El código delata su carácter reaccionario en numerosas cláusulas.
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Hola, me ha interesado a entrada sobre el nuevo código del trabajo. Preferiría tener una dirección electrónica de ustedes para intercambiar directamente sobre muchas preocupaciones que rondan el tema, por ejemplo, el cuentapropista, sus garantías como trabajador, sus posibilidades y beneficios al sindicalizarse, etc. Es un problema que me toca de cerca, a nivel familiar. quiero pedirles que tomen en consideración abordarlo más. les coloco algunas ideas que han sido resumidas por el propietario de una cafetería que fue cerrada bajo circunstancias extremas. me pueden responder a algon1711@gmail.com , me llamo Alfredo González. abrazos y mucha suerte.
DIEZ RAZONES QUE EVIDENCIAN EL INEFICIENTE TRABAJO DE LA ONAT DEL MUNICIPIO PLAZA en CIUDAD de LA HABANA:
1- impone multas excesivas e injustas desdeñando la competencia, la profesionalidad y la transparencia;
2- utiliza una secreta e intimidatoria fórmula nombrada LA IT14 como instrumento tributario que es jurídicamente inaceptable;
3- deviene en freno para el desarrollo del trabajo particular, y en contradicción con los nuevos Lineamientos del Partido que estimulan el trabajo independiente;
4- no utiliza el trato amable, respetuoso y considerado que por ley debe practicar con los contribuyentes;
5- al imponer multas arbitrarias, empuja al cuentapropista a entregar su licencia y por ende genera desempleo, menos ofertas y disminución alarmante de vectores fiscales que dejarán de tributar mensualmente en las arcas del Estado;
5- trasmite a la población desencanto, inseguridad y descontento;
6- pierde prestigio y credibilidad al desarrollar una labor que renuncia al respeto, a la inteligencia y a la adecuada comunicación;
7- practica la fiscalización indirecta abrazándose a la presunción y a la mala fe, sin tener en cuenta el diálogo aclaratorio y educativo;
8- está muy lejos de administrar una verdadera justicia de calidad.
9- El Departamento Jurídico de esta Oficina no da a vasto con la enorme cantidad de Recursos (APELACIONES) que se acumulan en los estantes debido al mal trabajo de los fiscalizadores y esto provoca la renuncia de los abogados.
10- Si esta Administración, con su Directora María Mercedes, prosigue con su carrera agresiva y prepotente sofocará a mediano plazo la actividad particular en todo el territorio del Municipio Plaza, en Ciudad de la Habana.